En la mañana de este lunes tuvo lugar la 88° Sesión Ordinaria del Parlamento del Mercosur (Parlasur), en Montevideo, República Oriental del Uruguay. La delegación paraguaya está integrada por nueve diputados y nueve senadores, y es presidida por el diputado nacional Walter Harms (ANR-Itapúa).
Tras la toma de juramento, los legisladores paraguayos asumieron funciones en calidad de parlamentarios y parlamentarias del Mercosur, siendo éste el primer periodo en que los representantes nacionales ante dicha esfera regional son diputados y senadores que ejercerán una doble función; y no personas electas especialmente para dicha tarea.
Cabe puntualizar que los miembros paraguayos del Parlasur no tienen remuneración adicional por esta representación.
Son integrantes, por la Cámara de Diputados: Walter Enrique Harms (ANR-Itapúa), presidente de la delegación paraguaya; Rodrigo Daniel Gamarra (ANR-Central); Daniel Fernando Centurión (ANR-Capital); César Ladislao Cerini (ANR-Itapúa); Hugo Joel Meza (ANR-Cordillera); Pastor Vera Bejarano (PLRA-San Pedro); Carlos María López (PLRA-Cordillera); Rubén Isaac Rubín (PPH-Central); y Virina Villanueva (ANR-Concepción).Por la Cámara de Senadores, forman parte de la delegación nacional: Derlis Hernán Maidana (ANR); Basilio Gustavo Núñez (ANR); Lizarella Valiente Cabrera (ANR); Lilian Graciela Samaniego (ANR); Dionisio Oswaldo Amarilla (PLRA); Lourdes Noelia Cabrera (PLRA); Kattya Mabel González (PEN); y Patrick Paul Kemper (PPH).
En el primer año del periodo ordinario de sesiones, Paraguay ocupará la vicepresidencia del bloque.
La delegación nacional eligió al senador Derlis Maidana (ANR), para el importante cargo.
Peaje en la Hidrovía Paraguay-Paraná
En la primera sesión ordinaria, la delegación paraguaya dio entrada a un proyecto de declaración sobre el establecimiento unilateral de peaje en la Hidrovía Paraguay-Paraná, impuesto por la República Argentina.
El documento enfatiza lo dispuesto en el Tratado de Asunción, que dispone la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos, mediante la eliminación de los derechos aduaneros, restricciones no arancelarias y cualquier otra medida equivalente.
Hace referencia a la medida unilateral adoptada por Argentina, de establecer el cobro de un peaje en el tramo Santa Fe-Confluencia, en el Río Paraná, sin observancia de la normativa regional que rige la materia; y, más recientemente, a la retención forzosa de dos embarcaciones de banderas boliviana y paraguaya, que transportaban carga brasileña.
Esto significa una injustificada restricción al comercio regional y una omisión al espíritu y la letra del acervo normativo del Mercosur, según indica.
El artículo 1° pretende condenar la decisión de Argentina, de establecer una medida unilateral y arbitraria con efecto negativo en la libre circulación regional y en la competitividad del comercio entre Estados del Mercosur.
En el artículo 2° se busca instar al vecino país a que, en el más breve plazo, encuadre dicha determinación en el marco legal aplicable en la materia, respetando los procedimientos correspondientes y atendiendo derechos y obligaciones, en cumplimiento de los acuerdos y compromisos internacionales asumidos.
Igualmente, el artículo 3° recomienda a los países que en el ámbito correspondiente puedan impulsar, decididamente, negociaciones tendientes a establecer normas claras y precisas en lo relacionado al libre comercio.
Fuente: diputados.gov.py