«Los buques, como se sabe, son bienes costosos cuya operación demanda altos estándares de seguridad, tanto para proteger la vida humana en el mar como para proteger los ecosistemas acuáticos en los que se desplazan trasladando mercancías y pasajeros«, expone el abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo, José Antonio Pejovés.
De acuerdo con el abogado, más allá de la nacionalidad identificable con la bandera que tienen derecho a enarbolar, los buques están inmersos en transacciones internacionales como contratos de compraventa, de fletamento, de hipoteca naval, de seguro de cascos y maquinarias, de leasing, entre otros; lo cual demanda que las partes intervinientes en esas relaciones jurídicas conozcan fehacientemente el estado de conservación y operatividad del buque, a efecto de poder determinar sus condiciones de navegabilidad en un momento dado y su valor de mercado, y así estar en capacidad de realizar operaciones mercantiles seguras y eficaces.
«De allí la importancia de las sociedades de clasificación de buques, corporaciones privadas, eminentemente técnicas, cuya finalidad radica en asesorar e informar a los interesados, respecto principalmente de la construcción y condiciones de navegabilidad de un buque. Esta información es relevante para los constructores navales, adquirentes de buques, fletadores, aseguradores, instituciones financieras, y en general para todos cuantos tengan interés en la navegación y la actividad empresarial marítima«, afirma Pejovés.
Según describe, existen muchas sociedades de clasificación, pero en el mundo marítimo las más prestigiosas y antiguas, son entre otras: Lloyd´s Register of Shipping (Inglaterra), American Bureau of Shipping (Estados Unidos) y Bureau Veritas (Francia). «Todas las sociedades de clasificación reconocidas están afiliadas a la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS) creada en 1968«, apunta.
José Antonio Pejovés explica que las sociedades de clasificación, brindan un soporte importante a la seguridad de la navegación, minimizando los riesgos y por consiguiente los siniestros, y su intervención también radica en valorar objetivamente los buques y elevar su productividad comercial. Entre las funciones que despliegan, destacan: la vigilancia durante la construcción de buques, y la inspección para verificar el estado de conservación de un buque, para lo cual se le atribuye una certificación que con una calificación establecida refleja su grado de conservación, y luego las visitas periódicas de inspección para evaluar la clasificación otorgada. No menos importantes son las inspecciones que se realizan en los buques tras un siniestro, a efecto de determinar los daños y las reparaciones que resulten necesarias.
Las sociedades de clasificación son responsables por los certificados e informes que emiten. «Me refiero a la responsabilidad civil que deben asumir si por sus informes o certificados causan daños. En este sentido, serían nulas aquellas cláusulas de exoneración de responsabilidad que estas sociedades pudieran insertar en contratos que celebran«, destaca el abogado.
Los informes y certificados que emiten muchas veces se inscriben en los registros públicos de buques. «Estos instrumentos son relevantes en la celebración de contratos que tienen por objeto al buque e inciden en las partes que celebran el contrato y en terceros, de allí que la responsabilidad surgida por los informes o certificados emitidos por las sociedades de clasificación pueda ser de origen contractual o extracontractual. El tema de la responsabilidad civil que pueda recaer una sociedad de clasificación es complejo, la solución que se dé a cada caso en particular dependerá de lo estipulado en el ordenamiento jurídico que se invoque y por supuesto del sistema jurídico ligado a la relación jurídica de que se trate«, aclara finalmente Pejovés.
FUENTE: Mundo Marítimo