A partir de un acuerdo sobre Comercio Electrónico, los países del Mercosur trabajarán en la facilitación y modernización de las transacciones de bienes y servicios entre los mismos.
El convenio fue dado en consecución de las actividades llevadas adelante por el Subgrupo de Trabajo N° 13 «Comercio Electrónico», que en nuestro país fueron coordinadas desde la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico dependiente del Viceministerio de Comercio y Servicios del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
Este acuerdo se constituye en el primer ordenamiento normativo del bloque en la materia, buscando garantizar a través del mismo, entre otros, las condiciones para la transferencia transfronteriza de información por medios electrónicos.
Así también como la ubicación de las instalaciones informáticas, la protección de datos personales, la protección al consumidor en línea, el acceso y uso de internet para el comercio electrónico, autenticación y firmas digitales, comunicaciones comerciales directas no solicitadas, facilitación del comercio electrónico y cooperación.
Mediante esta alianza se implicará la expansión del horizonte de oportunidades para todo tipo de empresas de los distintos sectores, y en consecuencia la generación de un importante valor agregado a las mismas, permitiendo a los países del Mercosur ampliar la escala de negocios con la eliminación de restricciones a las transacciones comerciales.
Cabe mencionar que el acuerdo sobre Comercio Electrónico, no se aplicará a la contratación pública, subsidios o concesiones provistas, por una parte, incluyendo préstamos, garantías y seguros apoyados por los estados y la información poseída o procesada por o en nombre de una parte, o medidas relacionadas con dicha información, incluyendo medidas relacionadas a su compilación.