La Dirección General de Marina Mercante,
dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC),
reactivó la fiscalización del servicio del cruce transversal fronterizo
de cargas y pasajeros, vía fluvial sobre los ríos Paraguay y Paraná.
Este control se realiza en el marco de la Ley 368/1972 “Convenio de Cruce Transversal Fronterizo de Pasajeros, Vehículos y Cargas entre la República del Paraguay y Republica Argentina”, cumpliendo así las normativas vigentes en la materia.
La fiscalización permite tener información de las condiciones de operatividad y documentaciones correspondientes a las embarcaciones y sus tripulantes, con la colaboración de la Prefectura General Naval de la zona.
Hay que mencionar que por Ley N° 1735 del año 2001 fue aprobada la apertura de pasos fronterizos entre el Paraguay y Argentina, habilitándose 39 pasos de cruces fronterizos con el objetivo de seguir avanzando en la integración física de ambos países y profundizar el desarrollo turístico en la región.
La prefectura General Naval emitió la resolución numero 61/2019 obliga a los propietarios de embarcaciones que realicen cruce transversal fronterizo a presentar a la PGN, Prefecturas de zona y Sub Prefecturas todas las documentaciones habilitantes.
Este proceso de control que se inició en el mes de Julio primeramente para las embarcaciones que realizan cruce transveral y fronterizo, se extenderá posteriormente a todas las embarcaciones que operan en el río Paraguay.
Fuente: MOPC – Marina Mercante