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Dirección General de la Gente de Mar (DGGM), logra pago de salarios y repatriación de mas de 500 tripulantes de buques Panameños

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Gracias a la mediación de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), a través de la Dirección General de la Gente de Mar (DGGM), se logró el pago de USD$ 2,021.691.29 en salarios adeudados por parte de los armadores a la gente de mar y se ejecutaron alrededor de quinientas treinta y nueve (539) repatriaciones en buques de bandera panameña, en diversas partes del mundo, al cierre de 2020.

El mismo fue el resultado de la tramitación de cuatrocientas veintisiete (427) quejas laborales interpuestas por la gente de mar, las cuales fueron recibidas en el Departamento de Asuntos Laborales Marítimos de la DGGM. Esta ardua labor comprueba una vez más, nuestro compromiso con el cumplimiento de los convenios internacionales y normativa nacional que regulan el trabajo de la gente de mar a bordo de buques de bandera panameña.

Mediante la aplicación del grupo de normas que regulan las condiciones de vida y de trabajo a bordo de los buques de bandera panameña que garantizan el trabajo decente, como lo son el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 enmendado, ratificado por la República de Panamá en el año 2009; su reglamentación en Panamá a través del Decreto Ejecutivo No 86 de 2013 y el Decreto Ley No 8 de 1998, se lograron estos resultados.

A su vez, y para salvaguardar el fiel cumplimiento de las normas laborales, también se ha prestado especial atención a la necesidad de hacer docencia y educar sobre la normativa laboral marítima vigente y aplicable, por lo que se realizó el Curso de Familiarización sobre Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006) y su aplicabilidad a bordo de buques de bandera panameña, el cual estuvo dirigido al personal técnico de la institución y a los que se encuentran en las Oficinas Regionales de Documentación; de igual forma se hizo extensiva la invitación a los miembros de la Asociación Panameña de Oficiales de Marina (APOM), a la Asociación de Armadores de Panamá (ARPA), a la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP), Columbus University, Agencias de Colocación de la Gente de Mar y representantes del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), para que participaran en esta importante capacitación.

La capacitación tuvo como principal objetivo dar a conocer los lineamientos del Convenio y sus enmiendas, que en total han sido tres (3) a la fecha, las cuales han consagrado nuevos derechos para la gente de mar y obligaciones para los armadores, siendo el pasado 26 de diciembre de 2020, cuando entró en vigor la más reciente, la 3ª Enmienda (2018) y con ella se adicionaron la siguientes normativas:

Acuerdos de empleo de la gente de mar (Regla 2.1), cuyo objetivo es velar porque los acuerdos de empleo sigan teniendo efectos mientras la gente de mar se encuentre en cautiverio como consecuencia de actos de piratería y/o robo a mano armada contra los buques.
Salarios (Regla 2.2), que dispone que los salarios y prestaciones, incluido el envío de remesas, previsto en los acuerdos de empleo de la gente de mar, en los convenios colectivos pertinentes o en las leyes nacionales aplicables, se deberán seguir pagando durante todo el período de cautiverio y hasta que la gente de mar sea liberada y debidamente repatriada o, en caso de muerte de la gente de mar durante su cautiverio, hasta la fecha de la muerte determinada con arreglo a las leyes o reglamentos nacionales.
Repatriación (Regla 2.5), cuyo objetivo es velar porque el derecho a la repatriación no pueda expirar cuando la gente de mar es mantenida en cautiverio como consecuencia de actos de piratería o de robo a mano armada contra los buques.

Debido a la entrada en vigencia de estas nuevas enmiendas al MLC, 2006, se hizo necesaria la adecuación del Decreto Ejecutivo No 86 de 22 de febrero de 2013, normativa nacional a través de la cual se reglamentó en la República de Panamá, el mencionado Convenio.

De igual manera, también se requirió la actualización de las pautas para las inspecciones por el Estado bandera y las pautas para las inspecciones por el Estado Rector del puerto. Para realizar esta actualización se creó un grupo de trabajo por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en donde la República de Panamá fue el país escogido para representar a la región de América Latina y el Caribe.

En esta reunión se resaltó el hecho que Panamá fue el único país que anunció el pasado 14 de septiembre de 2020, que ya no estaría emitiendo más extensiones de los acuerdos de empleo de la Gente de Mar que laboran en buques del Registro Panameño, en donde a partir de esa fecha (14 de septiembre de 2020) se volvió a cumplir con las disposiciones establecidas en el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006).

Estas acciones descritas, reafirman el compromiso de la AMP en la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 enmendado, del cual Panamá es signatario así como las normas nacionales, las mismas que se llevan a cabo durante la ejecución de las funciones que se desarrollan a través de la DGGM y su Departamento de Asuntos Laborales Marítimos, que tiene como principal función velar por que la gente de mar goce de condiciones de vida y de trabajo decentes que garanticen su bienestar.

Fuente: panamaon.com

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