jueves, febrero 12, 2026
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Más de 15 barcazas con leasing vencido transportan clinker de la INC bajo habilitación excepcional de la Marina Mercante

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El caso de las más de 230 barcazas con contratos de leasing vencidos suma ahora un capítulo que tensiona aún más al sector naviero nacional: Unas 16 de estas embarcaciones se encuentran actualmente transportando clinker de la Industria Nacional del Cemento (INC) en cabotaje interno, bajo una habilitación excepcional otorgada por la autoridad marítima.

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El dato es sensible no solo por el volumen económico involucrado, sino por el precedente institucional que deja.

El vencimiento que lo cambia todo

El 31 de diciembre de 2025 vencieron los contratos de leasing comercial que sustentaban la incorporación temporal de estas embarcaciones a la bandera paraguaya.

En términos jurídicos, eso implicaba:

La caída automática de la matrícula provisoria.

El fin del régimen aduanero de admisión temporal.

La obligación de reexportación o nacionalización mediante despacho aduanero.

Una suspicaz habilitación excepcional

La Dirección General de Marina Mercante, cuya función es fomentar, regular y fiscalizar el transporte fluvial y marítimo en Paraguay, otorgó una extensión excepcional de 90 días para que estas embarcaciones continúen operando.

El director de la institución, ingeniero Ronald Zayas confirmó a Paraguay Fluvial que la decisión fue adoptada en uso de sus atribuciones y respaldada en una constancia emitida por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, donde se señalaba que el sistema informático para tramitar nacionalizaciones no estuvo plenamente operativo hasta el 16 de diciembre de 2025.

El documento de la DNIT exime de responsabilidad a la empresa por eventuales demoras administrativas.

Pero no prorroga el leasing. No extiende el régimen aduanero. No sustituye el despacho de importación.

La discusión central es si una habilitación administrativa puede sostener operativamente embarcaciones cuyo sustento jurídico de permanencia venció.

El punto crítico: carga estatal

Estas 16 barcazas, parte del lote de las más de 230 beneficiadas con la extensión por 90 días incluso con su situación irregular ante la DNIT hoy están transportando clinker para la Industria Nacional del Cemento, empresa pública del Estado paraguayo.

Eso implica que:

Realizan cabotaje nacional.

Participan en esquemas que involucran a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Compiten contra armadores que sí nacionalizaron sus embarcaciones y pagaron despacho aduanero.

Armadores locales denuncian que esto genera una competencia desigual inducida desde el propio Estado.

El impacto económico

Según estimaciones del sector:

Tarifa promedio: Gs. 150.000 por tonelada de flete fluvial del clinker.

16 barcazas

Capacidad nominal: 1.500 toneladas cada una en promedio.

Carga efectiva por calado de 7 pies: 70%

Cálculo estimado:

1.500 t × 70% = 1.050 t por barcaza

1.050 t × 16 = 16.800 toneladas totales

16.800 t × Gs. 150.000 = Gs. 2.520.000.000

Equivalente aproximado: USD 380.000 a 385.000 según tipo de cambio referencial.

En otras palabras, el Estado estaría pagando más de 2.500 millones de guaraníes por un transporte realizado por embarcaciones cuya situación jurídica es, cuanto menos, discutida y que estarían evadiendo impuestos ante la DNIT.

¿Puede la Marina Mercante extender un régimen vencido?

La DGMM tiene competencia para habilitar navegación y fiscalizar el transporte.

Pero el régimen aduanero es materia tributaria.

Especialistas consultados sostienen que:

La habilitación de navegación no sustituye el despacho aduanero ni convalida la permanencia de una admisión temporal vencida.

El 1 de enero de 2026, jurídicamente:

Cayó la bandera provisoria.

Cesó la incorporación temporal.

Las embarcaciones debían salir del país o nacionalizarse.

La prórroga excepcional de 90 días no figura en el régimen aduanero como mecanismo automático tras el vencimiento del leasing.

Un precedente inédito

Armadores nacionales afirman que es la primera vez en Paraguay que se extienden habilitaciones a embarcaciones con leasing vencido permitiéndoles continuar en cabotaje interno y transportar carga estatal.

El debate ya no es solo técnico, sino asciende a lo institucional. Juristas consultados advierten que cuando un funcionario público actúa fuera del marco normativo podría configurarse una eventual extralimitación de funciones, lo que abriría un debate sobre responsabilidades personales en caso de verificarse irregularidades.

Porque el organismo encargado de regular y fiscalizar el transporte estaría, en este caso, habilitando una excepción que impacta directamente en la competencia del mercado.

La pregunta de fondo

Si el leasing venció el 31 de diciembre y el régimen temporal cayó con él:

¿Sobre qué base jurídica concreta se sostiene hoy la bandera paraguaya de estas embarcaciones?

La respuesta a esa pregunta definirá si estamos ante:

Una solución administrativa excepcional, o

Un precedente que reconfigura las reglas del juego en la hidrovía paraguaya.

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